Producción de oro: un decrecimiento positivo

Según información reciente de la Agencia Nacional de Minería, Colombia presenta una reducción considerable en las cifras oficiales de producción de oro, tendencia que inició en 2017. De 62 toneladas en 2016 y 42 en 2017, pasamos a 35 toneladas en 2018.

Aunque parezcan negativos, estos datos constituyen un triunfo para la institucionalidad frente a la ilegalidad, que se estaba aprovechando del Estado para lavar negocios turbios. Las cifras muestran tanto el aumento de la producción del oro cuya cadena de valor es rastreable y legal, como la caída en la producción del oro de origen dudoso.

La reducción se debe a que en el gobierno anterior evidenciamos un inadecuado seguimiento a la comercialización de minerales por parte de Ingeominas. Esto conducía a deficiencias en la cadena de suministro: con el mero pago de regalías se facilitaba la comercialización y exportación de minerales de origen ilícito.

Con la Ley 1450 de 2011 se creó el Registro Único de Comercializadores, RUCOM, para tener reporte de estas transacciones. Esto se complementó, en 2016, con el establecimiento de un tope máximo personal de comercialización de oro derivado de minería por subsistencia: 420 gramos por año, todo para evitar que la figura del barequeo fuera usada para legalizar cantidades de oro que no cabían en el concepto de minería artesanal.

De la mano del Foro para la Debida Diligencia de la Cadena de Suministro de Minerales en Zonas de Conflicto de la OCDE, se identificó que debido a un documento gubernamental llamado “certificado de origen”, había confusiones que favorecían la ilegalidad.

Al recibir dichos certificados, que obtenían de comercializadores, y en donde constaba que el productor estaba inscrito en la plataforma de la ANM, algunos compradores internacionales estaban entendiendo, erróneamente, que este validaba el origen lícito del mineral. Esta situación dio paso al “certificado de procedencia lícita” el cual especifica que, aunque el barequero autodeclara la procedencia del mineral, el comprador debe asegurar el cumplimiento de los estándares de debida diligencia.

Algunos actores ilegales buscaron entonces darle apariencia de legalidad a sus operaciones. Por ello, con el fin de detener el uso indebido de documentos de identidad para reportar supuesta producción de oro de barequeros, se hizo exigible el Registro Único Tributario RUT desde diciembre de 2017. Así, se puso rostro a las cédulas con que se legalizaba el oro.

Estas medidas han reducido el oro reportado ficticiamente como producto de la minería de subsistencia: de 40 toneladas, que eran clasificada como producción artesanal en 2016, se bajó a 20 en 2017 y es previsible una caída semejante en 2018. Esto evidencia que mucha producción legalizada no era de barequeros: era oro producto de la explotación ilícita que tanto daño hace al país y a la imagen de
la minería bien hecha.

Y aunque el riesgo de que el oro ilegal hoy se esté filtrando en la producción asociada a títulos mineros legales existe, estas operaciones podrán ser revisadas y sancionadas.

Y habría otra buena noticia: los aportes de operaciones de pequeños mineros formalizados, estarían igualando y hasta superando los niveles de producción reportados por la minería de subsistencia. Todo gracias a mecanismos legales creados en el anterior gobierno, basados en diálogos constructivos en territorio.

Está claro: más vale tener 35 toneladas de oro producidas en las cuales la participación porcentual de la parte legal y verificable sobre el total no ha parado de crecer, que tener mayores volúmenes, pagando regalías, pero manchados con la duda de un origen turbio, con todas las implicaciones negativas que tiene la producción de cada gramo de oro ilegal.

Fuente: carloscante.com