Los acuerdos de los concejos municipales que prohibieron las tareas mineras en varios lugares del país están cayendo como castillo de naipes.
Solo en el departamento de Antioquia, el Tribunal Administrativo ha echado por tierra 13 de los 16 acuerdos que entre 2017 y 2018 adelantaron los cabildos para frenar las operaciones mineras y petroleras.
Y en las próximas semanas, el citado tribunal departamental terminará de sepultar los acuerdos municipales que hacen falta por deliberar.
Pero no solo en Antioquia está sucediendo este hecho. La semana pasada, el Tribunal Administrativo del Huila también echó por tierra el acuerdo municipal que prohibía la minería en Acevedo.
Así, entre los dos departamentos, más de 20 cabeceras cuyos concejos habían desterrado las actividades extractivas, no solo ya no la pueden vetar, sino que de paso, tanto el alcalde como los cabildantes son objeto de investigación por parte de los organismos de control.
Es el caso del burgomaestre del municipio de Jericó (Antioquia), quien junto con los miembros del concejo, ahora son objeto de una investigación preliminar por parte de la Procuraduría General, por adelantar irregularmente una sesión del concejo para vetar la minería.
“La principal tesis a la que se remiten los magistrados es que el municipio no puede prohibir una actividad que se desarrolla en el subsuelo y que le pertenece a la nación. Invocan además que prima el interés general sobre el particular”, explicó la secretaria de Minas de Antioquia, Dora Elena Balvín.
La funcionaria recalcó que incluso el tribunal departamental está remitiendo los casos al ente disciplinario por anomalías en los trámites de las sesiones.
En Antioquia, del citado número de acuerdos, el Tribunal Administrativo declaró inválidos los de Jericó, Támesis, Titiribí, Caicedo, Pueblorrico, Concordia, Fredonia, Cañasgordas, Tarso, Carolina, Valparaiso, Salgar y Betulia.
“La minería tiene un interés nacional y la decisión de una localidad, a través de un acuerdo municipal o una consulta popular, no puede imponerse a la de la Nación”, señaló Silvana Habib, presidente de la Agencia Nacional de Minería.
La funcionaria recalcó que en el fallo de la Corte Constitucional, que unifica las sentencias con respecto a las actividades extractivas, es preciso en aclarar que no se puede impedir que haya minería en todo el país porque es la decisión de un solo municipio.
En el departamento del Huila, además de los acuerdos municipales que prohibieron la extracción de minerales en Tarqui Oporapa, Altamira, Pitalito y Elías, están las consultas populares que la prohibieron en El Agrado y Timaná.
Para el sector minero del país, el 2019 estará marcado por la reactivación de proyectos que las consultas populares o los acuerdos de los concejos frenaron. Pueden resurgir las tareas en Cajamarca (Tolima), Pijao (Quindío), o la de Cumaral (Meta).
Reiente sentencia
El pasado 31 de enero, el Tribunal Administrativo de Antioquia declaró la invalidez del Acuerdo Municipal 13 de 2017, por medio del cual se prohíbe la minería metálica en Tarso, municipio ubicado en el Suroeste de Antioquia. Para el tribunal departamental, la iniciativa del concejo de Tarso no tiene validez, ya que no es competencia de una autoridad de orden municipal tomar determinaciones de este carácter sobre el uso del suelo. “Se presentaron extralimitaciones, ya que en la jerarquía del Sistema Nacional Ambiental los municipios están en el último orden”, señala el contencioso en el fallo. Esta decisión se da luego de que el secretario General de la Gobernación de Antioquia le solicitara al Tribunal Administrativo revisar el acuerdo municipal, como ha sucedido en otros casos similares como el de Támesis, que al final terminó invalidado.
Fuente: www.portafolio.co
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