La Secretaría de Política Minera que conduce Carolina Sánchez anunció una serie de cambios en las normativas que buscan simplificar la documentación en los proyectos mineros entre la que se busca “eliminar la carga de documentación excesiva al Administrador y sobre todo de documentación que ya existe en la administración pública. Por eso se establecieron procedimientos diseñados desde la perspectiva del ciudadano y aprovechando la interoperabilidad de los sistemas, el intercambio de información intra y extraorganismos del Estado”.
Desde Política Minera resaltaron que con las nuevas normas “hay una simplificación normativa, hay un perfeccionamiento de los procedimientos y un incremento de la transparencia de los mecanismos de acceso a los beneficios de la Ley de Inversiones Mineras que pretende fomentar las inversiones mineras en Argentina pero también transparencia en los procesos de control que hace el Estado del uso de los beneficios que otorga la ley”.
Al respecto, recordaron que a través de la “la resolución 6/2019 se reglamentaron las condiciones de utilización del beneficio referido al impuesto a las ganancias que tiene que ver con la deducción del impuesto en inversiones en exploración, prospección, estudios especiales, investigación aplicada y demás trabajos destinados a determinar la factibilidad técnico-económica de los proyectos; la deducción de impuesto a las ganancias de previsión medioambiental; la eximición del impuesto a las ganancias de utilidades provenientes de los aportes de minas y de derechos mineros y el régimen especial de amortización acelerada de bienes”.
Al respecto resaltaron que “estos beneficios facilitan el acceso a los beneficiarios y permiten también un mejor control sobre los mismos reglamentando un nuevo formato de declaraciones juradas anuales que los inscriptos deben presentar ante la autoridad, respecto a los gastos deducidos, a las amortizaciones realizadas, a las previsiones especiales hechas sobre la conservación del medio ambiente. Todas estas declaraciones sirven de base a la auditoria que hace la autoridad de aplicación”.
En tanto, desde la Secretaría precisaron que “la resolución 9/2019 busca actualizar el acogimiento al beneficio de estabilidad fiscal que está regulado ya por el artículo 8 de la Ley 24.196 de Inversiones Mineras y permite el mantenimiento de la carga tributaria total considerada en forma separada según la jurisdicción y determinada al momento de la presentación del estudio de factibilidad y propicia la derogación expresa de tres resoluciones que regulaban el artículo”.
Desde la Secretaría recordaron también que “la primer resolución fue la del 30/2018 que regula la inscripción, mantenimiento y baja del registro de beneficiarios de la Ley de Inversiones Mineras. Allí se incorporó la regulación en términos de la ley de impuestos a las ganancias también para aquellos casos donde hubo cambio de estructura de las sociedades. Esta resolución deroga 10 resoluciones y perfecciona los mecanismos para reducir las cargas administrativas y aprovechar todos los procesos de digitalización”.
Desde el Gobierno destacaron que gracias a la “la digitalización del registro de inversiones mineras significa para el sector un ahorro de más de $7 millones que antes se desviaban a viáticos, gastos de certificaciones y demás formalidades necesarias para cumplir con lo que dictaba la norma. Ahora esos recursos pueden ser utilizados para las empresas que invierten en la actividad en mejorar su infraestructura, innovar y crear más empleo. De eso trata también la simplificación”.
Fuente: www.eleconomista.com.ar
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