Hace un mes la Corte Constitucional anunció su decisión de dejar sin efectos la consulta popular realizada en 2017 en Cumaral (Meta), cuyo resultado fue el rechazo masivo al desarrollo de proyectos petrolíferos en ese territorio. Según el comunicado de la sentencia SU-095/2018, los municipios no tienen la última palabra en materia de exploración y explotación de recursos naturales no renovables y, por tanto, carecen de competencia para vetar dichos proyectos vía consultas populares.
En los días posteriores al anuncio, el Ministerio de Minas y Energía y las compañías minero-energéticas celebraron la decisión que, en la práctica, tiene efectos que trascienden la jurisdicción de Cumaral. Precisamente, en las últimas semanas se conocieron decisiones del Consejo de Estado y tribunales locales que, con base en la SU-095/2018, dejaron sin efectos las consultas celebradas en Tauramena (Meta) y San Bernardo (Cundinamarca). La avalancha de decisiones judiciales que dejarán sin piso a las más de 150 consultas populares convocadas desde 2013 no será sino una cuestión de tiempo.
Y es que la relevancia del fallo de la Corte Constitucional no es menor: la tan esperada decisión se convirtió en el salvavidas del debilitado sector minero-energético, reafirmando con ello las facultades del sector central y garantizando la seguridad jurídica para los inversionistas que, con el aval del gobierno nacional, han desarrollado sus proyectos en el país.
Sin embargo, más allá de la valiosa victoria jurídica del sector, es indispensable cuestionarse, ¿por qué municipios con altas necesidades socioeconómicas rechazan los potenciales beneficios de la industria? ¿qué puede hacer el sector minero-energético para reconciliarse con las poblaciones? ¿cómo generamos espacios de discusión que visibilicen las diferentes posturas y permitan así el desarrollo concertado de las regiones?
Natalia Soto
Asociada Senior Lloreda Camacho.
0 comments