Se discute constantemente en diferentes escenarios del panorama nacional la necesidad de generar nuevas leyes, de crear nuevas instituciones, de expedir más reglamentos, incluso, de reemplazar el Código Minero actual, con el fin de generar seguridad jurídica, de impedir la extracción ilícita de minerales, hacer más efectivo el control de las autoridades, garantizar el recaudo del pago de los cánones superficiarios y de las regalías y, en general, solucionar los problemas que surjan en el ejercicio de la actividad minera en Colombia. Así como se tratan de solucionar los problemas en nuestro país, con leyes.
En efecto, a través de las leyes pueden corregirse situaciones, ya sea porque se trata de un vacío jurídico, de una contradicción de las normas, de una norma desueta que requiere actualizarse por la constante evolución de la vida y por qué no, de una situación que se escapó al intelecto del legislador.
Sin embargo, vale la pena preguntarse, ¿Realmente es la ausencia de normas la causa de los problemas de la minería en Colombia? Es decir, ¿Cómo podría solucionar una norma la incapacidad del estado de ejercer un control efectivo sobre todos los derechos mineros concedidos en el territorio colombiano?, ¿Cómo puede solucionar una ley el problema de corrupción en los diferentes niveles de la actividad minera?, ¿Cómo podemos asegurar que la expedición de nuevas normas garantizará la seguridad jurídica que tanto necesitan los actores mineros en nuestro país?
Mientras no haya una política definida, con unos objetivos claros respecto de la viabilidad de la actividad minera en Colombia y las posiciones jurisprudenciales y de la autoridad minera cambien cada cuatro años, no habrá leyes actuales o futuras que solucionen el panorama minero en nuestro país.
Daniela Palacio
Asociada Senior Lloreda Camacho.
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