Entre el 3 y el 7 de agosto se dieron cambios drásticos para la minería, uno para mejor y otro para peor para los inversionistas. País de locos, dirán.
El martes 7 se aprobó la Ley de Fomento Productivo; buenas nuevas para las mineras. Se elimina el impuesto a las ganancias extraordinarias, que no existe en otras jurisdicciones. En su lugar se adopta una escala de regalías que le permite al Estado fijarlas según el atractivo de cada proyecto.
El país está al borde de una estampida de inversión minera. Hay cientos de empresas interesadas, algunas de las grandes, y un buen número de concesiones otorgadas. Este cambio legal torna más atractiva la inversión en el país.
Pero cuatro días antes la Corte Superior del Azuay dictó una sentencia que sopló como el viento gélido en el páramo a media noche. Paralizante. Río Blanco, proyecto aurífero de mediana minería en Molleturo, Azuay, cerca del límite con Guayas. La operadora, Junefield, es de capitales privados chinos y tiene concesiones en Perú. Primer proyecto minero que entra en la fase de explotación.
Ni bien arrancó, el campamento fue atacado por colectivos que se oponen a la minería comercial; lo quemaron, aunque sin afectar los explosivos, que desaparecieron. Acto seguido, los mismos solicitaron a un juez azuayo una acción de protección alegando que la empresa no había cumplido con el requisito de consulta previa.
El juez la concedió. La mina fue clausurada. El Ministerio de Minas apeló ante la Corte Superior del Azuay. El gobierno sostuvo que la empresa había cumplido con todos los requerimientos legales. Pero la Corte ratificó la decisión de primera instancia. La mina Río Blanco se mantiene cerrada.
No abundemos en detalle sobre el caso ni aventuremos una opinión sobre si la empresa cumplió o no con los requerimientos legales. Siempre habrá unas empresas que lo hagan y otras no; para ello es que hay observadores de la sociedad civil, agencias gubernamentales de control, y cortes independientes. Lo trascendente es un argumento que esgrimió la Corte para fundamentar su decisión. Según la Corte del Azuay, la comunidad ya fue consultada, mediante la pregunta 5 del referendo de abril: si se está de acuerdo con que se prohíba sin excepción la minería metálica en áreas protegidas, zonas intangibles y centros urbanos. La parroquia Molleturo votó SI: 68% de los votos válidos.
El SI ganó abrumadoramente en todo el país. Por lo que si prevalece el criterio de la corte morlaca, que quien votó SI en la pregunta 5 del referendo votó en contra de que en el Ecuador haya minería metálica responsable, aborta la bonanza minera en gestación. Se extingue la mejor esperanza de captar inversiones en gran escala y amortiguar el azote de la gran recesión que asecha. País de locos, dirán.
Fuente: elcomercio.com
Walter Spurrier
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